Consejo Territorial de Paz, Reconciliación y Convivencia en San Gil

invitamos  a la comunidad interesada en ser parte del Consejo Territorial de Paz, Reconciliación y Convivencia. El plazo del registro es hasta el Viernes 4 de Diciembre a las 2:00 p.m.
 
 
 
 
 

ARTÍCULO 5º: ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL CONSEJO TERRITORIAL DE PAZ, RECONCILIACIÓN Y CONVIVENCIA.

Con el fin de garantizar la legitimidad y representatividad de los sectores de la sociedad civil en el Consejo Territorial de Paz, Reconciliación y Convivencia, sus representantes deberán ser designados por las organizaciones del respectivo sector que reúnan las siguientes condiciones:

a) Acreditar su existencia mediante el registro de su personería jurídica de conformidad con las normas legales vigentes o excepcionalmente, mediante prueba supletoria aceptada por la Secretaría de Gobierno Municipal, según sea el caso.

b) Haber desarrollado actividades propias y representativas del respectivo sector.

c) Poseer cobertura o representatividad municipal, siguiendo los lineamientos del artículo 4° de la Ley 434 de 1998 y el Decreto Ley 885 de 2017, cuando así lo exija. La elección se efectuará de conformidad con los procedimientos establecidos por las organizaciones del respectivo sector, en coordinación con la Secretaría de Gobierno Municipal. 

 
 Por la Sociedad Civil:

Si los hubiere registrados en el municipio:

– Un representante de la Iglesia Católica
– Un representante elegido por las otras iglesias y confesiones religiosas.
– Un representante elegido por los sindicatos de trabajadores.
– Uno en representación de los sectores económicos escogidos por las asociaciones que agremien a los empresarios de los sectores comercial y de servicios
– Uno en representación de los sectores económicos escogidos por las asociaciones que agremien a los empresarios de los sectores industrial y agropecuario.
– Un representante del sector solidario de la economía.
– Un representante del sector Empresarial independiente: Micro, pequeños y medianos empresarios
– Un representante del Sector de Productores Agropecuarios Independientes: Micro, pequeños y medianos
– Uno representante de las organizaciones campesinas
– Un representante elegido por las organizaciones indígenas
– Un representante elegido por las organizaciones de la comunidad afrocolombianas, negras, palenqueras y raizales.
– Un representante del Pueblo Rom
– Una representante elegida por las organizaciones cuyo objeto sea la protección y defensa de los derechos de la mujer
– Un representante por las organizaciones no gubernamentales que trabajan por la promoción y la defensa de los derechos humanos
– Un representante elegido por las organizaciones cuyo objetivo sea la protección y defensa de los derechos del niño
– Un representante por las organizaciones que trabajan para el logro de la paz
– Un representante de las Plataformas Municipales de Acción por la Paz
– Un representante de las universidades o establecimientos de educación superior
– Un representante elegido por las organizaciones jurídicamente reconocidas que agrupen a los miembros desmovilizados de movimientos guerrilleros que hayan suscritos acuerdos finales de paz con el Gobierno Nacional
– Un representante de víctimas del conflicto armado
– Un representante de Organizaciones Acompañantes de Víctimas
– Un representante de población en condición de discapacidad
– Un representante del sector LGBTI
– Un representante de las Organizaciones Juveniles
– Un representante de ambientalistas
– Un representante de Medios de Comunicación masivos y uno de medios de Comunicación populares y comunitarios
– Un representante de Movimiento Estudiantil
– Un representante de las organizaciones de jueces y funcionarios judiciales
– Un representante de la Organización de Acción Comunal.
– Un representante elegido por las organizaciones de oficiales y suboficiales en retiro de la Fuerza Pública
– Un representante del sector Arte y Cultura
– Un representante de los movimientos sociopolíticos
– Un representante de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica
– Un representante del partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal.

 

Documentos:
 Nombres y apellidos completos
 Copia cedula de ciudadanía
 Número del teléfono del contacto perfil
 Postulación donde se indique porque de su aspiración
 Certificación cámara de comercio de la organización, o prueba supletoria aceptada por la secretaria de gobierno según sea el caso.

 
 Enviar información a correo electrónico: interior@sangil.gov.co
 
 
Fecha Convocatoria: Desde el 25 noviembre hasta el 4 diciembre 2020

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.